El Principio de Legalidad nace con la sujeción del Estado al Derecho para preservar el orden jurídico el Estado se auto-limita, mediante la norma jurídica. El Principio de Legalidad es inherente a todo Estado de Derecho podrán ser diferente los regímenes, las estructuras económicas de cada Estado, pero la sujeción del ente estatal a la norma jurídica, es la misma de lo contrario no podríamos hablar do Estado de Derecho.
El orden social es un supuesto esencial del Estado para su conservación es necesario que el Estado se supedite al cumplimiento del Principio de Legalidad.
El Principio de Legalidad establece imperativamente que todas las funciones del Estado se realicen do acuerdo al Derecho, las leyes vigentes necesariamente tienen que servir de base para toda la actividad administrativa. Y esto es lo valioso del Principio de Legalidad haber demostrado, que la ley ejerce su supremacía sobre la Administración Pública.
El Principio de Legalidad constituye un deber jurídico, un imperativo para la Administración y puede decirse que tiene como característica el ser formal porque exige la aplicación dela ley vigente, es general porque se da para toda la actividad estatal con especialidad para la Administración tiene un fin valioso, SU Misión es la de mantener la estructura y relación dentro de una realidad determinada.
CONCEPTO:
En los sistemas de derecho escrito, el precepto legal tiene una jerarquía superior a todas las demás fuentes del Derecho.
La norma jurídica o regla jurídica, como ya sabemos, es un precepto general abstracto imperativo, intersubjetivo y coercible, pero dentro de la dinámica de la norma jurídica cobran mayor importancia, los caracteres de generatividad y legalidad.
En todo ordenamiento jurídico positivo impera la legalidad, lo que nos permite constatar que dicho principio, dentro del Derecho Administrativo define una vinculación de la acción administrativa con dicho ordenamiento.
El principio de Legalidad lo identificamos con todo el orden jurídico positivo, por lo que concierne a toda la acción Administrativa y no solamente a los actos administrativos.
Fundamentalmente el principio de legalidad consiste en que toda decisión individual administrativa debe ser conforme a la regla general preestablecida.
Resumiendo podríamos decir que el Principio de Legalidad es:
Aquel que establece que todos los pactos de la Administración Pública y del Estado en general. Tienen que tener como antecedente necesario e indispensable un acto regla, es decir una disposición de carácter general abstracto impersonal.
Este principio lo han recogido las Constituciones, especialmente países do Europa Continental y América Latina.
Los países que siguen las concepciones jurídicas del sistema Ingles, que forman parte del Common Low, cumplen el Principio de Legalidad en distinta forma Nuestro Constitución consagran el Principio de Legalidad en el Art 86.
También desarrolla dicho Principio, el Art 131 Ordinal 21 que dice Corresponde a la Asamblea Legislativa, determinar las atribuciones y competencia de los diferentes funcionarios cuando por esta Constitución no se hubiese hecho.
CARACTERÍSTICAS:
Siguiendo a Fiorini se dice que dentro del Derecho Administrativo el Principio de Legalidad tiene ciertas derivaciones jurídicas, lo que permite determinar sus características, las cuales analizaremos en forma somera:
- a) Normatividad Jurídica. La Administración en su actividad necesariamente tiene que fundamentarse en normas jurídicas, ya sean estas constitucionales, Legislativas o Reglamentarias, sea esta actividad general particular o individual La totalidad de los actos administrativos de la Índole que sean están regidos por todo el ordenamiento jurídico.
- b) Jerarquía Normativa. Dentro del Derecho Administrativo cobra mayor importancia la Jerarquía de la norma jurídica, significa esto que ninguna norma o acto emanado de un órgano inferior podría dejar sin efecto lo dispuesto por otra norma de rango superior En el caso de las órdenes, si son dictadas por un superior no podrán ser derogadas o rectificadas por otro funcionario inferior.
Si no existiera dentro del orden jurídico la jerarquía no podríamos hablar de unidad dentro del sistema jurídico y no podría desenvolverse el mismo normalmente.
- c) igualdad Jurídica. Significa que la Administración Publica debe actuar equitativamente imparcialmente, es decir conceder por igual, prerrogativas o privilegios sin negar en forma arbitraria derechos a quienes en justicia corresponden.
- d) Razonabilidad. Los actos que realiza la Administración deben manifestarse razonablemente, deben tener su justificación en normas jurídicas anteriores al acto lo mismo que en hechos, conductas y circunstancias que lo originen.
La razonabilidad consiste en el hecho de que el acto responde al proceso de la realización de los hechos que lo justifican Como dice brome «Debe haber una relación lógica adecuada y proporcional entre el consecuente y los antecedentes, entre el objeto y el fin.
- e) Control Judicial. Todos los actos de la Administración deben controlarse por medio del Poder Jurisdiccional.
La injusticia cometida con la realización de los actos administrativos va contra el principio de legalidad.
TÉCNICAS PARA QUE SE REALICE EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD
El principio de legalidad establece que la Administración debe en toda tu actividad somete a lo que determina la ley pero este sometimiento se obtener de acuerdo ciertas técnicas estas son:
- ) La Administración esta reda por la es formales Esto es en opinión de algunos autores, porque en nuestro sistema jurídico Administrativo además por reglamentos emanados del Poder Ejecutivo, los cuales constituyen en sentido material en virtud de no ser emitidos por el Poder Legislativo y ser un embargo normas de carácter general y abstracto Lo que significa que no debe limitarse a ejecutar las normas Poder Legislativo, como se dice en doctrina y en la legislación española Manenhoft nos dijo El principio de la legalidad en la Administrado no solo requiere que esta que sometida a las normas que lo sean impuestas (reglas «exteriores» o leyes «formales») sino también a las reglas que ella misma se imponga verbigracia “reglamentos”
- ) Debe establecerse un orden jerárquico de la norma jurídica lo cual es muy importante tanto desde el punto de vista jurídico como político debe respetarse el orden escalonado delas normas de derecho según la jerarquía de las fuentes de derecho
- ) La administración no debe por ningún motivo con actos singulares cambiar lo establecido en las reglas legales.
- ) La administración tiene como in primordial la satisfacción del interés público y toda su actuación debe estar necesariamente encaminada a ese objetivo Las normas legales prescriben que si la Administración infunde los supuestos jurídicos contenidos en la misma los actos realizados están viciados lo que significa que los actos son nulos.
LA LEGITIMIDAD Y EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD
La legitimidad supone que el acto emitido lo ha sido conforme a derecho Es decir qua! está conforme a los preceptos legales.
Según Marienhoff legitimidad debe entenderse como sinónimo de perfecoon como equivalente del acto perfecto. La legitimidad comprende la competencia de quien efectúa el acto el objeto del mismo y la forma en que se emita dicho acto.
Se presume que todos los actos realizados por la Administración son legítimos porque la misma está sometida al Bloque de la Legalidad.
La razón de ser de la anterior presunción de legitimidad radica fundamentalmente no solo en el hecho de que la actuación de los órganos Administrativos deben actuar conforme vino. Y esto es lo más importante en las garantías de carácter subjetivo y objetivo que siguen a la emisión de los actos Administrativos.
Ahora bien, debemos tener presente que todo acto Administrativo para que sea perfecto debe ser válido y eficaz.
Cuando hablamos de legalidad y legitimidad queremos significar que dichos actos deben estar respaldados por una ley en algunos sistemas legales es requisito que dicho sea formal es decir que haya sido emitida por el órgano autorizado para legislar En nuestro sistema jurídico basta que sea lay en sentido material, es decir que sea una norma jurídica general y abstracta y que el órgano que erita dicha norma jurídica este autorizado para ello E Poder Ejecutivo, en el caso de los Reglamentos de Ejecución.
Asimismo, la Administración debe tomar en cuenta el interés público, es decir tomar en cuenta todas aquellas circunstancias que caracterizan cada momento de la vida diaria que las facultades de la Administración no estén limitadas por una norma superior respetando así el principio de jerarquía de las normas jurídicas.
En la actividad administrativa se aceptan dos formas que especializan al principio de legalidad y que van más allá del planteamiento estricto del principio de legalidad.
a) Todo acto de la Administración debe ser realizado conforme a Derecho para que sea Valido.
b) Todo acto administrativo debe ser realizado de conformidad a los principios generales del derecho, es decir que no basta con que esté conforme a la ley escrita sino conforme a todos aquellos principios generales y fundamentales que orientan al derecho como valor cultural.
FUNDAMENTO DEL PRINCIPIO DE LEGALIDAD
El principio de Legalidad se entiende desde dos puntos de vista En sentido material y en sentido formal Desde el punto de vista material el Principio de Legalidad se fundamenta en una norma jurídica general y abstracta, es decir impersonal, sin importar que dicho norma reúna el requisito do formalidad de la ley, lo que significa que puede ser un precepto constitucional legal o reglamentario.
Desde el punto de vista formal quiere decir que la norma jurídica que fundamenta el Principio de Legalidad además de ser tomada en su sentido material debe ser una ley en sentido formal es decir que dicho precepto legal haya sido emitido por el Poder facultado para crear las leyes, en nuestro caso el Poder Legislativo.
Como se expuso antes el Principio de Legalidad en nuestro orden jurídico se aplica en sentido material.